Dar de alta a un recién nacido en el padrón municipal de habitantes

Dar de alta a un recién nacido en el padrón municipal de habitantes

Activo

Inscripción por nacimiento en el Padrón municipal de habitantes de Sant Boi de Llobregat

Es la inscripción de un recién nacido en el Padrón municipal de habitantes una vez el nacimiento se ha inscrito en el Registro Civil. La fecha de alta es la del nacimiento, siempre que al menos uno de los progenitores ya esté empadronado en el municipio antes del nacimiento.

El trámite también puede hacerse de oficio por el Ayuntamiento cuando recibe la comunicación del Instituto Nacional de Estadística (INE): el recién nacido se inscribe en el domicilio donde consten empadronados ambos progenitores o, si no conviven, en el domicilio donde conste empadronada la madre.

  • El padre, la madre o el representante legal del recién nacido. Si el trámite lo hace otra persona, se requiere una autorización para hacer trámites cumplimentada y firmada, junto con la documentación de identificación correspondiente.

Requisitos

  • Al menos uno de los progenitores debe estar empadronado en Sant Boi de Llobregat antes del nacimiento.
  • El nacimiento debe estar inscrito previamente en el Registro Civil.

  • En línea (recomendado)
  • Presencial — Cita previa (reservar)

Solicitud
Todo el año
Silencio administrativo
No aplica

Trámite gratuito.

Siempre obligatorios (uno de estos)

  • Documentos de identidadSiempre
    Uno de los siguientes: DNI · NIE · Pasaporte
    Original

Según el caso

  • Acreditación de propiedadCondicional
    Si ya apareces como titular en el recibo del IBI, no necesitas adjuntar nada: el Ayuntamiento lo comprueba directamente. En caso contrario, adjunta la escritura completa, la nota simple o el contrato de arras donde se especifique la entrega de las llaves. Formatos PDF, JPG o PNG. Máximo 10 MB.
    Original
  • Autorización del titularCondicional
    Un único PDF con la autorización firmada, el documento de identidad del titular y la escritura o contrato. Máximo 10 MB.
    Original
  • Autorización de persona ya empadronadaCondicional
    Un único PDF con la autorización firmada y el documento de identidad de la persona empadronada. Máximo 10 MB.
    Original
  • Autorización de representaciónCondicional
    Documento firmado que acredita la representación y copia del documento de identidad de la persona representada. Formatos PDF, JPG, PNG, DOC o DOCX. Máximo 10 MB.
    Original

Según el caso (uno de estos)

  • Contrato de alquilerCondicional
    Uno de los siguientes: Contrato de arrendamiento · Recibo de alquiler
    Contrato de alquiler vigente y firmado, y un recibo del alquiler del mes actual o del anterior. Si pagas por transferencia y el recibo no muestra la dirección completa de la vivienda, añade también el último recibo de luz, agua o gas, a nombre del inquilino, con la misma dirección que figura en el contrato. Para que el contrato sea válido, debe incluir: identificación completa de la vivienda; referencia catastral (si el contrato es posterior a 2006); importe del alquiler; fecha de inicio y duración del contrato; fecha de firma; datos de todas las partes (incluido el administrador o representante legal en caso de persona jurídica) y firmas. Formatos PDF, JPG o PNG. Máximo 10 MB.
    Original
  • Libro de familia o certificado de nacimientoCondicional
    Uno de los siguientes: Libro de familia · Certificado de nacimiento
    Necesario para menores de 14 años sin DNI. Formatos PDF, JPG o PNG. Máximo 10 MB.
    Original
  • Documentación del menorCondicional
    Uno de los siguientes: Sentencia de guarda y custodia · Convenio regulador aprobado · Declaración responsable del progenitor
    Adjunta la autorización del otro progenitor, la resolución judicial, la sentencia, el certificado de defunción o la tutela, según tu caso. Consulta el detalle en el recuadro informativo de esta página. Formato PDF. Máximo 10 MB.
    Original

Qué documentación debes aportar

Del recién nacido: Libro de familia (página del recién nacido y de los progenitores) o certificación literal de nacimiento del Registro Civil. El justificante del hospital no es válido.

Del padre, madre o tutor/a legal: documento de identidad vigente.

Si el trámite lo hace otra persona: autorización para hacer trámites original firmada, documento de identidad original de la persona autorizada y fotocopia del documento de identidad de quien autoriza.

Del domicilio: no es necesario aportar ningún documento; el recién nacido se inscribe en el domicilio donde estén empadronados los progenitores.

Si el menor está bajo custodia de la Administración: documento acreditativo del departamento competente de la Generalitat o resolución judicial.

Documentación adicional según la situación familiar

1. Con ambos progenitores: el trámite lo puede hacer cualquiera de los dos y no se requiere documentación adicional, siempre que ambos consten empadronados en el mismo domicilio y no haya ninguna situación especial (custodia, desacuerdo, etc.).

2. Con solo uno de los progenitores: se requiere el consentimiento de ambos, excepto si se acredita ser familia monoparental, la defunción del otro progenitor o una resolución judicial de patria potestad exclusiva. Hay que aportar el documento de consentimiento del otro progenitor o una resolución judicial que especifique el domicilio de empadronamiento.

3. Si el menor no vive con ninguno de los progenitores (abuelos, familiares...): documentación según los casos anteriores y autorización de empadronamiento en la vivienda firmada por las personas que autorizan.

4. Si el menor tiene tutores legales: resolución judicial de la tutela; si el tutor no puede hacer el trámite personalmente, autorización para hacer trámites y documentación de identificación del tutor y de la persona autorizada.

Requisitos que deben cumplir los documentos

  • Documentos originales o copias en papel de los originales (escaneo o foto si el trámite es electrónico; fotocopia si es presencial). Las copias deben ser fieles, claras y legibles.
  • En catalán o castellano; si están en otro idioma, se requiere una traducción jurada.
  • Los documentos de identidad deben estar vigentes.
  • Las autorizaciones y declaraciones responsables deben ser originales, con firma original, con una validez de 30 días desde la fecha del documento, y acompañadas de la fotocopia del documento de identidad de quien firma.
  • Las autorizaciones firmadas electrónicamente solo son válidas en formato digital; no se aceptan impresas en papel.
  • Las resoluciones o autorizaciones judiciales y las resoluciones administrativas notificadas electrónicamente se aceptan impresas si tienen Código Seguro de Verificación (CSV).
  • Si falta documentación, el trámite no se puede completar en el momento de ser atendido.
  • En caso de duda, el Ayuntamiento puede solicitar la exhibición de los originales o documentación adicional para comprobar la veracidad de los datos.

Plazo y resolución

  • Se puede hacer en cualquier momento.
  • Tramitación inmediata: con toda la documentación correcta, el alta se realiza en el momento. Es aconsejable pedir cita.
  • Si falta documentación o no es correcta: se registra la solicitud pero el recién nacido no consta empadronado hasta que se subsane. Plazo para corregir: 3 meses; pasado este tiempo sin corregir, la solicitud queda archivada.

Duración del empadronamiento

El empadronamiento no caduca. Solo se modifica si se tramita un traslado de domicilio dentro del municipio, si el INE comunica un empadronamiento en otro municipio, o por traslado al extranjero (los extranjeros deben solicitarlo por escrito antes de marcharse; los españoles deben hacer el alta en el consulado o embajada del país de destino). El Ayuntamiento puede actuar de oficio y dar de baja del padrón en los supuestos previstos en la legislación vigente.

Formularios y modelos

Nota: los enlaces a los formularios son provisionales y están pendientes de validación definitiva (la autorización para hacer trámites se publicará con la redacción modificada).

¿Quieres saber qué documentación necesitarás para hacer este trámite?
La documentación concreta depende de tu caso. Este trámite dispone de un asistente guiado que, con unas pocas preguntas, te indica exactamente qué documentos necesitas. Usa el asistente guiado y te ayudamos paso a paso.
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